22 de mayo de 2012

Private Finance Initiative en el ordenamiento jurídico español: tres modelos asociativos de contratación pública.

La implementación práctica de los contenidos de la Tercera Vía en el Reino Unido dieron lugar a la aparición de nuevos vínculos entre la Administración Pública y la iniciativa privada que se denominaron Public-Private Partnerships (PPP) o Asociaciones Público-Privadas (APP). Las relaciones surgidas de esta unión compartían una filosofía en la que cada agente, público y privado, participaba en los proyectos llevando a cabo aquellas tareas para las que cada uno contaba con una ventaja comparativa mayor. La lógica de esta transformación radicaba en permitir que ambos sectores se concentraran en hacer aquello para lo que estaban mejor preparados, de forma que no se limitaran sus capacidades, para lograr así resultados óptimos.

Aunque éste fue un movimiento que se observó a nivel mundial, como pionero de la corriente de creación de nuevas fórmulas de financiación y gestión de infraestructuras y servicios públicos encontramos al Reino Unido, en quién se han fijado los distintos países para desarrollar esta nueva dimensión en la remodelación del sector público a través de colaboraciones público-privadas. Así, bajo el término Private Finance Initiative (PFI) – Iniciativa de Financiación Privada – se aglutinan las directrices que se han adoptado desde principios de los 90 en este país, buscando la cooperación entre los sectores público y privado para desarrollar infraestructuras públicas y los servicios inherentes a las mismas.

Si bien es cierto que en España ha existido desde hace tiempo un alto nivel de colaboración público-privada, se está lejos de alcanzar todavía las cifras del Reino Unido. Así, por ejemplo, en diciembre de 2004, el Ministerio de Fomento presentaba un ambicioso proyecto de transportes e infraestructuras para el período 2005 – 2020, denominado Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte (PEIT), que preveía una inversión total de 214.000 millones de euros para los próximos 15 años. Se calculaba que en dicho plan el sector privado participaría en la financiación de infraestructuras públicas a través de las diferentes fórmulas de PPP en casi el 20% de la inversión total. No obstante, la difícil situación económico-financiera que atraviesa nuestro país no ha soportado la presión de un plan de inversiones tan ambicioso como el PEIT, siendo éste sustituido (más tácita que formalmente) por el Plan Extraordinario de Infraestructuras (en adelante, PEI), presentado por el Ministro de Fomento el 7 de abril de 2010, del que luego hablaremos.

El principal objetivo del PEI es reactivar la economía y el empleo a través de la inversión en infraestructuras del transporte. El Plan permitirá anticipar a 2010 y 2011 licitaciones por valor de 17.000 millones de euros, el equivalente al 1,7% del PIB. Ahora, pues, la cuestión fundamental es saber cómo se va a alcanzar este objetivo, y la respuesta es muy sencilla: a través de las tres fórmulas asociativas que la legislación española de contratos públicos permite para el desarrollo de proyectos representativos de Private Finance Initiative.



Artículo publicado íntegramente en www.noticias.juridicas.com, Artículos Doctrinales, Derecho Administrativo, septiembre 2010.